lunes, 31 de marzo de 2014

PROFUNDIZANDO SOBRE CURRICULUM

Curriculum es, sin duda, un término que forma parte de nuestro discurso profesional, de nuestra cotidianeidad. ¡Cuántas veces los docentes hemos estudiado, conversado y debatido sobre este tema! La autora de esta clase, Laura Fumagalli, nos propone pensar el curriculum en relación con su función regulatoria como norma escrita. Su perspectiva nos invita a abrir una puerta de entrada al tema que permitirá escuchar algo diferente. Si estamos dispuestos, abrir esa puerta supondrá que nos desplacemos, nos movamos intelectualmente de los modos conocidos, para dialogar con ideas que están planteadas como hipótesis de trabajo en tanto son parte de investigaciones en curso. La escuela es un espacio en el que la llegada de innovaciones pedagógicas y de normas legales o de reforma suponen una constante negociación entre lo impuesto y lo practicado, dando así lugar a la creación de prácticas diversas. La realidad escolar implica una permanente tensión entre continuidades, resistencias y cambios en el que el curriculum como norma escrita tiene un lugar importante.
Así, los docentes se convierten en actores clave al vehiculizar y concretar las propuestas emanadas de las normas curriculares. Sus lecturas se traducen en diversos usos que inciden en los cambios y permanencias de las prácticas escolares. Podemos entender a las normas curriculares como textos activados por los docentes, en relación con los sentidos construidos por el lector a lo largo de la lectura, de manera que podrían admitir múltiples significaciones no anticipadas en la letra.
¿Cómo inciden las normas curriculares en la práctica docente cotidiana? ¿Qué se busca lograr a partir de su lectura? ¿Qué cambios verdaderos producen las normas curriculares? ¿Quiénes y cómo se producen esos cambios? ¿Qué modos de interpretar las normas curriculares producen cambios? Tomando la metáfora que utiliza Andy Heargraves para entender el movimiento del cambio, ¿qué tipo de ola provocan esas normas? O dicho de otra manera, ¿qué impacto tienen? ¿Cómo es el movimiento de esos cambios? ¿Cómo son leídas las prácticas escolares creadas por los docentes desde las normas curriculares? ¿Se las percibe como adecuadas, flexibles, “imperfectas”, según explicaba Diana Gonçalvez Vidal en relación con el caso del maestro de Brasil de 1840?
La autora de esta clase nos propone pensar nuevos interrogantes. En la primera parte, la profesora se pregunta si es pertinente concebir al diseño curricular como una norma pública. Para elaborar algunas respuestas posibles, plantea la función de las normas públicas en los gobiernos democráticos, la relación entre política y espacio público y, específicamente, el diseño curricular como norma pública en un gobierno democrático.
En la segunda parte, presenta un conjunto de factores que podrían incidir en la baja efectividad de la norma curricular en la regulación del proceso de selección del contenido de enseñanza escolar en la Argentina. Menciona aquí tres factores principales: el debilitamiento de la capacidad regulatoria del Estado, la escasez de conceptualizaciones académicas acerca del curriculum como norma pública y el predominio en el discurso académico de la jerarquización del rol profesional autónomo de los docentes por sobre el de funcionario público.
Democracia, escuela, objetivos de la educación, norma curricular, Estado, gobierno, espacio público, acuerdos sociales, función regulatoria, actores institucionales, cambios, son algunos de los conceptos que tejen en esta clase una trama de interpretación del curriculum como norma pública. Les proponemos dialogar con ellos.
Los diseños curriculares o “currículos” escolares prescriptos desde el gobierno educativo, por decirlo de un modo coloquial, “tienen mala prensa”. En el ambiente educativo he escuchado y leído de modo reiterado frases como las siguientes:
  • “El diseño curricular fue hecho por técnicos en un escritorio lejos de las aulas, prescriben contenidos y actividades que luego no se pueden llevar a cabo…”

  • “Cuando se cierra la puerta del aula cada docente enseña lo que le resulta más relevante y no “todo” lo que el currículo indica”

  • “El diseño debe ser flexible y abierto ya que es imposible prescribir algo para todas las escuelas... los alumnos son muy distintos”

  • “Los diseños son buenos pero nadie controla que se haga lo que ellos prescriben… es como todo la norma está pero no se cumple”

  • “Los reformistas de currículo piensan que cambiando las normas, se cambian las prácticas y están equivocados porque ningún cambio real se logra por decreto…”

  • “Las reformas se ocupan de los papeles porque cambiar eso es fácil… pero nadie se ocupa de lo que realmente se enseña en el aula”

  • “Con cada nuevo gobierno se cambia el diseño y finalmente nadie entiende a qué obedecen esos cambios que parecen `modas´ de los técnicos”

  • “Está lindo el diseño… pero no es para todos los alumnos... con estos chicos no se puede”

  • “Hay contenidos en el currículo que no los aprendí en el profesorado y entonces no los enseño”

  • “No tengo muy en claro qué plantea el currículo, yo me guío por los libros de texto ... los elijo si tienen bien explicados los contenidos y por las actividades”

  • “Los técnicos tienen una visión “aplicacionista” del diseño que es ingenua ... los docentes reconstruyen lo que el diseño dice ... siempre hay una distancia entre la norma y lo que efectivamente sucede en el aula”
La lista es infinita. Lo que resulta claro es que en su conjunto esas expresiones configuran un discurso que pone en duda, o al menos plantea fuertes límites, al papel de la norma curricular en la gobernabilidad de la educación escolar. En los casos extremos, no solo se pone en duda la capacidad regulatoria del diseño curricular, sino que se llega a cuestionar que el Estado, mediante dicha norma, se proponga intervenir en la definición de los propósitos y contenidos de la educación escolar.
Entonces ¿por qué centrar esta clase en el estudio de un “papel escrito” que a simple vista aparece tan depreciado en su función de regulatoria?
La principal razón que sostengo para abordar el estudio de la normativa curricular prescripta refiere al interés de comprender el papel que ella juega en la gobernabilidad del proceso de selección de los contenidos de enseñanza escolar.
Enfocaré esta clase desde una perspectiva conceptual del currículo poco frecuente pues lo analizaré desde el punto de vista de la ciencia política, en su condición de “norma pública” producida desde los organismos de gobierno del Estado con el propósito de regular el proceso de selección del contenido de la enseñanza escolar, en un contexto de régimen de gobierno democrático.
Propongo que el contenido de la clase sea tratado como una hipótesis de trabajo, pues las ideas que aquí expongo constituyen el cuerpo de cuestiones conceptuales que en la actualidad estoy investigando. Y, espero que los argumentos que presento contribuyan a poner en cuestión algunas de las ideas que profesores, académicos y políticos venimos sosteniendo acerca de la función política del currículo escolar.
He organizado el desarrollo de la clase en torno a dos cuestiones clave. En la primera argumentaré acerca de la pertinencia de concebir al diseño curricular prescripto desde los organismos de gobierno del Estado como una norma pública. En la segunda presentaré un conjunto de factores que, desde mi punto de vista, podrían estar incidiendo en la baja efectividad de la norma curricular en la regulación del proceso de selección del contenido de enseñanza escolar en nuestro país.
 Primera cuestión clave: ¿es pertinente concebir al diseño curricular como una norma pública?
primer apartado


El campo de estudios del currículo sitúa su origen en EEUU y en los albores del siglo XIX. Desde entonces hasta la actualidad la investigación y la práctica curricular han dado lugar a una vasta y prolífica producción de estudios en la que es posible hallar diversas perspectivas de análisis del currículo escolar.
Algunos estudios intentaron definir “qué es” un currículo; otros desde una mirada de índole tecnológica propusieron describir “cómo” se elabora un currículo; y otros desde un enfoque sociológico y político se centraron en analizar “para qué” se elabora un currículo, esto es en explicar la función política y social del currículo escolar. La diversidad de perspectivas y problemas investigados es tal que, en opinión de algunos autores, la producción curricular no ha llegado a construir en sentido estricto una “teoría” del currículo escolar (Contreras 1990).
Los primeros antecedentes bibliográficos y el uso mismo del término currículo se sitúan en Gran Bretaña (Schubert, 1980, Stenhouse, 1987) pues el vocablo aparece registrado por primera vez en la Universidad de Glasgow en el año1633. Pero la emergencia de los estudios curriculares como campo de estudio se ubica en EEUU donde ya desde el siglo XIX el currículo se presenta como una arena de batalla en la que intervienen diversos grupos ideológicos, académicos, profesionales, políticos, religiosos y étnicos perfilándose desde entonces como una institución de carácter público sometida a escrutinio y debate desde distintos grupos de interés (Bolívar, 2003) (Moreno, 1990).
Desde entonces se ha ido configurando una distinción conceptual entre “curriculum prescripto”, entendido como norma escrita emanada desde los organismos de gobierno educativo, y el “curriculum real” o “currículo en acción”, entendido como todo aquello que sucede en la escuela a partir de las interacciones que se establecen entre alumnos, docentes y contenidos de la transmisión. Fue Lawrence Stenhouse (1987) quien introdujo de manera clara esta distinción, denominando “diseño curricular” a la norma escrita y “desarrollo curricular” al currículo en acción.
No cabe duda de que resulta relevante realizar estudios del currículo real o en acción que den cuenta de las experiencias de enseñanza y aprendizaje que efectivamente se producen en el contexto escolar. Sin embargo, en esta clase situaremos el foco de análisis en el diseño curricular en el sentido restringido de texto escrito. Un texto que por el hecho de haber sido emanado desde los organismos del gobierno educativo del Estado constituye una norma pública. Pasemos a desarrollar esta idea.
Primera cuestión clave: ¿es pertinente concebir al diseño curricular como una norma pública?
a. Sobre las normas públicas en regímenes de gobierno democrático
Una primera cuestión a analizar es el papel de las normas públicas en regímenes de gobierno democrático. Para ello partiremos de algunas aclaraciones conceptuales previas.
Con el término “gobierno” referimos a las diversas posiciones que se pueden ocupar en cúpula institucional del Estado. El acceso a dichas posiciones se realiza a través del régimen. Este consiste en “un conjunto de instituciones, reglas y prácticas que regula el acceso desde la sociedad a las más altas posiciones en el estado.” (O´Donnell, 2001) En este sentido el régimen puede ser considerado como un mediador entre Estado y sociedad.
Ahora bien, un régimen de gobierno es democrático cuando el acceso a las principales posiciones de gobierno se logra mediante elecciones que son a la vez competitivas e institucionalizadas y en el que existen, durante y entre esas elecciones, diversas libertades habitualmente llamadas “políticas,” tales como las de asociación, expresión, movimiento y de disponibilidad de información no monopolizada por el estado o por agentes privados.” (O´Donnell, 2001)
Es preciso señalar que cuando referimos al papel de las normas públicas en regímenes de gobierno democrático, estamos ubicando el análisis centralmente en la dimensión legal del Estado. Esta dimensión refiere al sistema de leyes o trama de “reglas legalmente sancionadas que penetran y co–determinan numerosas relaciones sociales” (O´Donnell, 2001) y se encuentra íntimamente relacionada con la dimensión burocrática del estado. Juntos las burocracias del Estado y el derecho presuponen producir el bien público del orden general y de la previsibilidad de una amplia gama de relaciones sociales para todos los habitantes del estado.
La democracia, en tanto régimen de gobierno, constituye un modo de relación entre el Estado y los ciudadanos y entre los ciudadanos mismos bajo una forma de imperio de la ley. El concepto de “imperio de la ley” supone en una sociedad: a) la existencia de un sistema legal jerárquico, generalmente dependiente de normas constitucionales, y conformado por normas legales apropiadamente promulgadas; b) una situación de certidumbre que proviene de la existencia de un sistema legal que produce un orden social legal y que confiere definición, claridad y predictividad a las interacciones humanas; c) la existencia de controles recíprocos entre las instituciones del Estado mediante reglas legales que rigen y gobiernan su desempeño. (O´Donnell, 2002)
Me interesa resaltar un aspecto central, que hace al papel del imperio de la ley en una sociedad: el papel que la ley y las normas legales juegan en las interacciones humanas. Plantea el autor que la existencia del sistema legal produce certidumbre; una certidumbre relacionada con el orden social legal que le confiere definición, claridad y predictividad a las interacciones humanas. La ley en un sentido general hace a la posibilidad de convivencia pacífica.
En el marco del imperio de la ley, las interacciones humanas entre individuos son interacciones entre “sujetos jurídicos” o “personas legales”. En un estado democrático de derecho, los individuos son considerados sujetos jurídicos esto es “ciudadanos”, que portan derechos y obligaciones derivadas de su pertenencia al régimen político, de su autonomía personal y de la responsabilidad de sus acciones.
Entre los sujetos jurídicos existe por tanto una “igualdad ante la ley”, que podría desestimarse por su carácter formal y porque ella oculta desigualdades sumamente importantes entre las personas. Sin embargo, coincido con O´Donnel (2002) en sostener que aunque sea formal, la igualdad de los sujetos jurídicos es un plano de la “igualdad” que no habría que menospreciar y que tiene potencialidad expansiva para que el proceso de construcción de igualdad continúe.
b. Sobre la relación entre política y espacio público
La consideración del currículo como norma pública nos lleva a considerar también algunas precisiones conceptuales en torno a la concepción del espacio público.
Hannah Arendt en su libro “La condición humana” (1974) distingue tres formas de la vida activa de los seres humanos: la labor (labor) que se relaciona con la necesidad de mantenerse vivo; el trabajo (work) que se vincula con el mundo artificial construido por el hombre; y la acción política (action) que es la forma de vida activa que se funda y sostiene en la presencia de los otros.
La acción política introduce al otro y al hacerlo se constituye en condición de posibilidad de “lo público”. Cuando la autora refiere a “lo público” alude en sentido estricto a la negociación entre sujetos que se despliega en la esfera de la acción política. Lo “público” remite en Arendt a dos fenómenos estrechamente relacionados. Por un lado, remite a la publicidad, en el sentido de hacer público algo y de introducir múltiples miradas. Esa presencia de otros –que ven y oyen lo que oímos y vemos nosotros– es lo que asegura la realidad del mundo y de nosotros mismos. Por otro lado, “lo público” refiere a lo común, es decir, que lo público es público en cuanto es común a todos. El mundo en tanto espacio público posibilita la interacción en torno intereses y fines comunes; y al hacerlo, también se constituye en el lugar de expresión de la pluralidad. Por tanto, la relación entre espacio público y acción política es para Arendt de doble condicionalidad: los seres humanos crean espacios públicos mediante la acción política concertada en el lenguaje; y esos espacios públicos se constituyen a la vez en condición de posibilidad de la acción política y de concertación en el discurso. Dicho de otro modo, la inexistencia o la precariedad del espacio público –en tanto espacio de interés común– inhabilita al ámbito propio de la acción política (Arendt, 1974).
Habermas en su libro “Historia y crítica de la opinión pública” (1981) reactualiza el debate sobre este tema en la literatura política anglosajona. Este autor plantea el papel central que juega la “opinión pública” en el modelo de Estado de derecho. El espacio público no es “político” sino de vida social cotidiana. Los ciudadanos se comportan como “público” cuando abordan temas de interés general, se reúnen, concertan, manifiestan y pueden expresar (hacer públicas) sus opiniones de modo libre. Este autor, por tanto, concibe al espacio público en vinculo estrecho con la sociedad civil, incluso llega a sostener que el espacio público aparece históricamente asociado al surgimiento de la sociedad civil.
La trama de lo público estaría sustentada en el diálogo y en la producción de opinión en torno a diversas cuestiones sobre las cuales puede haber intereses comunes. Para Habermas el espacio público se torna “político” cuando las discusiones y las posiciones se establecen en relación con temáticas que dependen de la práctica del Estado. De allí que para este autor el espacio público pueda ser concebido como una instancia de mediación entre la sociedad y el Estado. Una instancia en la que se forma el “publico”, concebido éste como un vehículo de la opinión pública, pues la opinión pública, en sentido estricto sólo se puede formar si existe un público involucrado en una discusión racional.
c. Sobre el diseño curricular como norma pública en un régimen de gobierno democrático
Ahora bien hechas estas aclaraciones previas ¿es pertinente concebir al diseño curricular como una norma pública? Cuando aludimos al papel de currículo como norma pública en un contexto de régimen de gobierno democrático ¿a qué estamos haciendo referencia?
Asumo como supuesto normativo que el diseño curricular es una norma pública y que en tanto tal constituye un instrumento destinado a regular desde el Estado el carácter público de los propósitos y contenidos de la enseñanza escolar. Aunque en sentido estricto no es una ley, pues no es producido desde el cuerpo legislativo, sino desde el ejecutivo, el diseño curricular es una norma que forma parte del Estado en su dimensión legal. Por tanto está destinada a otorgar certidumbre a las interacciones entre sujetos jurídicos o ciudadanos que portan derechos y obligaciones en este caso referidos a la educación escolar: particularmente a la definición pública de sus propósitos y contenidos.
El diseño curricular, en tanto norma pública, forma parte del cuerpo de normas que posibilitan el tratamiento de los individuos como sujetos jurídicos iguales ante la ley, pues hace públicos los derechos y las obligaciones vinculadas con las tareas de enseñar y de aprender en el sistema escolar. Cabe señalar que en el campo de los estudios curriculares es posible hallar autores que incorporaron en sus teorías las dimensiones política y pública del currículo escolar. Sus enfoques resultan consistentes con las definiciones de espacio público y de acción política que venimos sosteniendo, aunque ellos no hayan abordado el estudio del currículo en el contexto de la ciencia y de la filosofía política.
Uno de ellos es Ivor Goodson (2000) quien refiere al proceso de elaboración del diseño curricular y sostiene que:
“La incorporación de asignaturas a la enseñanza no consiste en una decisión imparcial, racional sobre lo que se juzga de interés para los alumnos. Es un acto político concebido de modo mucho más amplio en el que todos los grupos de interés, tal como debe ser dentro de una democracia, tienen la palabra; pero es un error considerarle un ejercicio objetivo y racional. Es un ejercicio eminentemente político, y en mi opinión debemos comprender este proceso.”
(Goodson, 2000: 43).
Señalo dos cuestiones clave que comparto con el autor y que desde mi punto de vista permiten sostener la argumentación central de la clase. Esas dos cuestiones son: en primer lugar el carácter eminentemente político del proceso de selección del contenido de la enseñanza escolar y en segundo lugar la representación de diferentes grupos de interés como condición necesaria de un proceso de selección de contenidos de la educación en un sistema político democrático.
Si concebimos a la selección del contenido de enseñanza escolar como un acto eminentemente político; el ejercicio de ese acto político en una sociedad democrática requiere de existencia de un espacio público que posibilite la construcción también pública del contenido a enseñar en el sistema escolar (Arendt, 1974).
Sabemos que la construcción pública del contenido de enseñanza escolar expresada en el diseño curricular está lejos de ser armónica pues involucra correlaciones de fuerza de diferentes grupos sociales, supone conflicto de intereses y lucha por espacios de poder. Y aunque admitamos que esa construcción pública puede finalmente expresar un pensamiento hegemónico o dominante, de todos modos constituye un procedimiento necesario e inevitable para garantizar el carácter público del contenido de enseñanza escolar y habilitar la acción política en un marco de régimen de gobierno democrático.
Otro autor que también refiere al carácter público del contenido de enseñanza escolar es Lawrence Stenhouse (1987) quien al definir al diseño curricular en tanto norma escrita señala que el mismo constituye "una tentativa para comunicar los principios y rasgos esenciales de un propósito educativo, de forma tal que permanezca abierto a discusión crítica y pueda ser trasladado efectivamente a la práctica". (Stenhouse, 1987: 29).
A los fines de esta clase, me interesa resaltar dos cuestiones de la cita de Stenhouse. Esas cuestiones son: a) la comunicación del proyecto educativo; y b) la posibilidad de discusión crítica de ese mismo proyecto. Como se podrá apreciar ambos aspectos refieren a la introducción del otro y por tanto a la acción política (en términos de Arendt). La publicación del documento escrito constituye una condición necesaria para garantizar su carácter público, pues “hace públicos” los propósitos y contenidos educativos y esto posibilita la acción política, aludida por Stenhouse con la expresión “discusión crítica”.
En un sentido similar sostiene Inés Dussel (2007) que
“el curriculum constituye un documento público que expresa acuerdos sociales sobre lo que debe transmitirse a las nuevas generaciones en el espacio escolar. Los acuerdos pueden ser más o menos consensuados, más amplios o más restringidos, pero en cualquier caso tienen un carácter público que trasciende lo que cada institución o docente puede resolver por sí mismo […] resaltamos que el curriculum tiene una línea directa con la dimensión pública de la escolaridad, con su contribución a la construcción de lo común. Que ese proceso sea heterogéneo, que no siempre sea armonioso, que involucre conflictos y desencuentros, no quiere decir que no haya que abordarlo, y mucho menos que se pierda del horizonte de nuestro accionar. Estamos en la escuela para transmitir la cultura a las nuevas generaciones; ésa es una tarea de primer orden para la sociedad, en la que todos deben (deberían) tener una voz. […]El curriculum es un documento público que busca organizar y regular lo que sucede en la escuela)”
(Dussel, 2007: 3).
Esa línea directa que Dussel delimita entre el currículo y la dimensión pública de la escolaridad, junto con la construcción de “lo común” que el diseño supone, inscriben el proceso de elaboración de la norma curricular en un acto político. El producto de dicho proceso político, esto es el diseño curricular, se constituye por tal en una producción pública.
La existencia del diseño curricular en tanto norma escrita resulta fundamental en la educación escolar para “estar atentos a su carácter público, para conservar parámetros comunes sobre lo que se enseña la escuela, y que éstos tengan que ver con lo que se ha definido colectivamente. El curriculum es una suerte de “ley” en la escuela, de norma que establece contenidos y regula lo que debe enseñarse”(Dussel, 2007: 6).
Segunda cuestión: ¿cómo opera la norma curricular en la regulación del carácter público del proceso de selección del contenido de enseñanza escolar?
segundo apartado

Diversos son los estudios (Bolívar, 2001; Fullman, 2002; Tyack y Cuban, 2000) que en el plano nacional e internacional mostraron la baja capacidad regulatoria de las normas curriculares prescriptas desde los organismos del gobierno educativo tanto para promover el cambio como la mejora de la enseñanza escolar. Partiendo de esos estudios sostengo a modo de hipótesis que existen tres factores que condicionan el papel que desempeña la norma curricular en la regulación del carácter público del contenido de enseñanza escolar en nuestro país .Esos factores son:
 
  • Un contexto sociopolítico regional y nacional de fragilidad de lo público, de deterioro del imperio de la ley, y de debilitamiento de la capacidad regulatoria del Estado.
  • Un discurso académico que ha conceptualizado poco sobre el papel que el currículo como norma pública en la regulación del carácter público del contenido de enseñanza escolar. 
  • Un discurso académico sobre el papel de los docentes que ha jerarquizado el rol de profesional autónomo, en detrimento del papel que cada docente desempeña como funcionario público.
  • a. Un contexto sociopolítico regional y nacional de fragilidad de lo público, de deterioro del imperio de la ley y de debilitamiento de la capacidad regulatoria del Estado
    c) Un discurso académico sobre el papel de los docentes que ha jerarquizado el rol de profesional autónomo en detrimento del papel que cada docente desempeña como funcionario público
    Numerosas investigaciones (Connelly y Ben–Peretz, 1980; Randy y Corno, 2000) demostraron que los profesores no son meros aplicadores de las normas curriculares prescriptas, sino que desempeñan un papel activo de interpretación crítica y de construcción de versiones alternativas del currículo. Esas investigaciones se han complementado con otras sobre la práctica de la enseñanza que han puesto en evidencia su carácter heurística: la práctica docente no consiste en la aplicación de “técnicas”, sino que supone resolución de problemas, es decir que siempre hay algo novedoso sobre lo cual es necesario tomar decisiones. Los docentes por tanto poseen un margen de autonomía para tomar esas decisiones acerca de qué y cómo enseñar en sus aulas; decisiones que toman a partir de sus ideas acerca de lo que consideran válido enseñar y aprender en la escuela. Ese margen de autonomía permitiría explicar el papel que desempeñan en la interpretación y en la construcción de versiones alternativas del currículo.
    En relación con estos estudios se han ido configurando otros que pusieron por delante la concepción del docente como “profesional autónomo”. Según Fernández Enguita (2001) esa idea de profesional autónomo esconde una confusión bastante común por la cual se identifica al conjunto de las profesiones con las profesiones liberales.
    No cabe duda que tras la concepción del docente como profesional autónomo, hay una reivindicación legítima de reconocimiento de su labor y de su saber experto. Sin embargo coincido con Enguita en señalar que la imagen de profesional del discurso de la profesionalización docente es la del profesional liberal.
    Ahora bien, ¿es válido que el docente sea concebido como un profesional liberal? Al lado de las profesiones liberales existen otras, que se podrían denominar profesiones burocráticas u organizacionales, que no se basan en el ejercicio autónomo ni en el mercado (militares, sacerdotes, diplomáticos, jueces, fiscales, interventores) y que componen cuerpos de funcionarios del Estado.
    ¿Qué caracteriza a estas profesiones organizacionales? Enguita lo plantea del siguiente modo:
    “El puesto en sí mismo es una profesión; su aceptación implica un deber específico de fidelidad a cambio de una existencia asegurada, a una finalidad objetiva impersonal (la de la organización). El funcionario disfruta de una estimación social estamental frente al público, en parte por sus diplomas y pruebas de acceso y en parte por un estatuto de funcionario. El cargo, en la práctica, es a perpetuidad, incluso si ha de ser ratificado periódicamente. La remuneración es fija, condicionada por el rango interno y la antigüedad y no por el trabajo realizado. El funcionario está colocado en un escalafón y aspira, en general, a automatizar el tránsito por el mismo”
    (Enguita, 2001).
    Los docentes podrían incluirse en este grupo, si apelamos a su origen y a su inserción laboral actual. Son de hecho funcionarios integrantes del sistema público de educación escolar. Pero coexiste este modelo con un ideal colectivo y una práctica informal de una profesión liberal. Según Enguita ninguna de las dos concepciones está a la altura del servicio público que la educación debiera ser. Propone el modelo profesional democrático en el cual lo que define a la profesionalización no es la autonomía o al definición de una jurisdicción como ámbito exclusivo de competencias (modelo liberal), ni la disciplina o la disponibilidad para los fines de la organización y la integración en el cuerpo (modelo burocrático) sino “ el compromiso con los fines de la educación, con la educación como servicio público: para el público (igualitario, en vez de discriminatorio) y con el público (participativo, en vez de impuesto)” (Enguita, 2001).
    El discurso del docente como profesional autónomo que retoma el modelo de la profesión liberal produjo un reclamo de mayor autonomía del docente para la toma de decisiones en la enseñanza. Esta mayor autonomía, que se reclamó en el discurso de la profesionalización docente, se vio reforzada por las políticas de descentralización curricular aplicadas en sistemas educativos tradicionalmente centralizados.
    En la mayoría de los países latinoamericanos esas políticas resultaron disruptivas respecto de las tradiciones de gestión educativa, pues redefinieron los papeles que tradicionalmente jugaron el Estado nacional, los docentes y las escuelas, e incluso las familias, en la regulación del contenido de enseñanza escolar. En todos los casos los modelos de definición curricular asociados a las políticas de descentralización incluyeron un nivel institucional de definición curricular. Por tanto las escuelas y los docentes se vieron compelidos a elaborar sus propios diseños curriculares institucionales (Contreras 1990). Es decir se vieron instados a interpretar la norma prescripta y a adecuarla a la diversidad cultural y social propia del grupo de alumnos que atienden en cada escuela.
    El modelo curricular adoptado en los años 90 en Argentina, que implicaba tres niveles diferentes de definición curricular (nacional, provincial e institucional), se inscribió en ese cambio y legitimó una concepción del docente como interpretador crítico y constructor activo del sentido de la propuesta curricular, concepción que, como ya señaláramos, resultaba hegemónica en el discurso académico del campo de los estudios docentes.
    Desde la política curricular se legitimó la toma de decisiones y la elaboración del diseño curricular institucional por parte de los docentes. Ese modelo es el que en la actualidad permanece vigente en la mayoría de las provincias argentinas.
    En este contexto, de discurso académico y de política curricular que jerarquiza el rol de profesional autónomo y que avala la toma de decisiones en el diseño curricular institucional por parte de los docentes, es altamente probable que sean pocos los docentes que se perciban a si mismos como integrantes de un cuerpo de funcionarios públicos que regulan su práctica en torno a temáticas y cuestiones que resultan de interés común. También es altamente probable que la norma curricular sea tomada no como el principal referente sino como uno más entre otros al momento de decidir qué enseñar.
    Cabe señalar que también se produjo un discurso sobre la docencia que pensó al docente como “trabajador de la educación”. Esta concepción, sostenida por gremios, por académicos e incluso por funcionarios políticos, pudo haber influido en la capacidad regulatoria del diseño curricular prescripto desde el gobierno educativo. En situaciones de crisis, o de conflicto gremial o de divergencia política con el partido de gobierno, la norma curricular pudo haber sido vista como una regulación de índole política con la cual confrontar. La identificación de gobierno con el Estado, producto de la inexistencia de políticas de Estado en educación, al igual que en otras áreas sociales, pudo haber contribuido, también, a situaciones de negación o rechazo de cambios los curriculares propuestos desde el gobierno.
    Este desarrollo requiere pensar algunas preguntas claves:
    • ¿Qué papel puede jugar el diseño curricular prescripto desde el Estado en un contexto de debilitamiento de la concepción del docente como funcionario público?

    • ¿En qué medida la idea de profesional autónomo debilita la capacidad regulatoria de la norma curricular?

    • ¿En qué medida el posicionamiento del docente como trabajador influye en su relación con la norma curricular emanada del el gobierno de la educación?
    Diversos autores han propuesto diferentes denominaciones – entre ellas “modernidad tardía”, “sociedad posmoderna”, “de la segunda modernidad”, de “modernización reflexiva” o de “la modernidad líquida” – para describir la gran transformación acontecida en el espacio público y, en términos más generales, en la manera en que la sociedad actual funciona y se perpetúa a si misma. En todos los casos los autores identifican procesos de reestructuración de los marcos regulatorios de la acción de individuos e instituciones.
    Zigmunt Bauman (2003), uno de los autores que reflexionan sobre este tema, sostiene que en la nueva modernidad aquello que era considerado un trabajo a ser realizado por la “razón humana”, asignado a los Estados modernos portadores de esa “racionalidad”, se fragmentó y se derivó a los individuos, depositando en ellos nuevas responsabilidades. Esta fragmentación y ese traslado de responsabilidades desde el Estado hacia los individuos han tenido impacto tanto en la configuración del espacio público como en la construcción ciudadana
    La nueva modernidad puede ser considerada una democracia de individuos a secas y no ya de ciudadanos –entendidos estos como sujetos jurídicos o “individuos de jure”, portadores de derechos y obligaciones–. Este avance del individuo por sobre el ciudadano en la modernidad actual puede estar asociado al deterioro del espacio público; deterioro que se produjo a partir de la desregulación y la privatización de las tareas y responsabilidades asignadas en el origen al Estado moderno y ahora delegadas en los individuos.
    Si como plantea Hannah Arendt (1974) hay una mutua implicancia entre espacio público y acción ciudadana, el deterioro del espacio público en la modernidad actual puede ser un factor que explique el avance del individuo por sobre el ciudadano, es decir que permita explicar una ciudadanía débil.
    Es esa ciudadanía débil la que estaría contribuyendo al deterioro del espacio público pues el individuo, en sentido estricto, no ejerce “acción política” – en términos arendtianos – y, por ello, tampoco contribuye a la construcción de lo público.
    Se trata, entonces, de un círculo vicioso de la nueva modernidad en el que la participación ciudadana – en términos de Bauman (2003)– se halla degradada a la función de custodiar bienes y donde lo público se encuentra colonizado por lo privado. Por ello, en la modernidad actual, la ampliación de la libertad individual paradójicamente demandaría no menos sino más espacio y poder públicos.
    Este cuadro general de situación se recontextualiza en América Latina y en el caso particular de la República Argentina. Desde ya, resulta muy complicado intentar una caracterización común y hablar de una “nueva modernidad” en una región como la latinoamericana que presenta realidades históricas, económicas, culturales y políticas tan diversas. Incluso sería lícito preguntarse en qué medida esa “primera modernidad” se ha instalado de un modo “similar” en todos los países de la región y más aún en el interior de cada país.
    Haciendo esta salvedad, y sin borrar esas diferencias, es posible caracterizar a la construcción de una nueva modernidad en el contexto latinoamericano tomando como eje de análisis dos cuestiones que han incidido en la configuración del espacio público. Ellas son los procesos de desregulación y de privatización de tareas y responsabilidades originalmente asignadas a los Estados modernos; y la cultura política y la situación de la ley en América Latina.
    Respecto de la primera cuestión, cabe señalar que el Estado fue el eje articulador del modelo societario que marcó la organización de las sociedades latinoamericanas desde fines del siglo XlX hasta avanzada la segunda mitad del siglo XX. Este modelo “estado céntrico”, aunque preponderó en la región, no fue homogéneo: mientras algunos países, entre ellos la Argentina, lograron una importante capacidad y efectividad del Estado nacional en el control de la población y del territorio, en otros se llegó a la globalización sin haber alcanzado niveles de institucionalidad del Estado que posibilitaran dichos procesos de control. (Tiramonti, 2005).
    Esa matriz societal se rompió con la globalización y con ello se deshizo el entramado institucional que la sostenía y que permitía integrar alrededor de un sentido común y compartido a individuos e instituciones. El Estado nacional – y por ende la acción política– perdió centralidad en favor de una presencia fuerte del mercado. Se instaló una nueva forma de gobernabilidad que recayó en la responsabilidad de los individuos, quienes se vieron obligados a asumir las tareas y las responsabilidades que otrora asumieran los Estados nacionales modernos. Esa nueva forma de gobernabilidad implicó entonces la desconcentración de las funciones de regulación y de control hacia los niveles de decisión microLos mecanismos de gobierno se especializaron y de algún modo también se privatizaron (Rose, 1999).
    Pero en Latinoamérica, fueron pocos los países que lograron construir y vivir en el marco de un modelo de “estado benefactor”. Por ello es posible pensar que el efecto fragmentador de la nueva modernidad se agudizó en esta región donde existió una vasta franja de la población – en particular la de origen indígena– que quedó excluida y que tuvo que cargar – desde siempre – con la responsabilidad de enfrentar y solucionar “sola” los problemas sociales. Esta agudización de la fragmentación social no sólo profundizó el debilitamiento del espacio público sino que, de hecho, profundizó los obstáculos para construir “lo público”, sobre todo en países donde ese espacio nunca había logrado construirse de un modo “sólido”.
    Si como sostiene Hannah Arendt (1974) hay una mutua implicancia entre espacio público y acción ciudadana, es posible pensar que las dictaduras presentes en la mayoría de los países de la región contribuyeron a configurar una ciudadanía débil o truncada y que esa ciudadanía débil también minó el proceso de construcción del espacio público.
    En este marco, las políticas de descentralización aplicadas en Latinoamérica traspasaron las responsabilidades de un “estado democrático débil” hacia “ciudadanos débiles” que fueron enajenados –desde siempre como los indígenas y en los períodos de dictaduras para el conjunto de la población– de su ciudadanía política y civil.
    Esta debilidad del espacio público y de la ciudadanía en Latinoamérica son dos factores que es necesario tener en cuenta al intentar caracterizar a “la nueva modernidad” en la región. Y en todo caso, considerar que coexisten espacios sociales “pre modernos”, “modernos” y de “modernidad líquida” que se encuentran relacionados con las enormes desigualdades presentes en la región y con la histórica exclusión social de la población indígena, a la que en la actualidad se suman nuevos pobres y nuevos excluidos.
    El segundo aspecto a considerar para caracterizar la situación del espacio público en la región es la situación de la ley en Latinoamérica, aspecto íntimamente relacionado con la cultura política y la historia política de los países la región. Vale preguntarse en este contexto ¿qué sucede con la ley en países que han vivido bajo regímenes dictatoriales que sistemáticamente la violaron?; ¿cómo ha impactado esa violación sistemática en la cultura política de la región?; ¿cómo ha influido en la construcción del espacio público y de la ciudadanía civil y política?
    Un análisis de la cultura política en Argentina y Latinoamérica posibilita afirmar que la inefectividad y la trasgresión de la ley constituyen uno de sus rasgos característicos. En los últimos años diversos autores han estudiado la situación de la ley en la región. Entre ellos, Guillermo O´Donnell (2002) plantea que en la región el imperio de la ley no sólo ha sido parcial e intermitente debido a los sucesivos quiebres del orden democrático, sino que presenta diversos problemas que se expresan en el propio corpus legislativo de cada país, en el proceso de aplicación de la ley, en el tipo de relaciones que se establecen entre las burocracias y los ciudadanos y en las posibilidades de tener acceso al poder judicial y a un proceso justo. Por tanto en América Latina el imperio de la ley se encuentra asociado a una ciudadanía trunca o de baja intensidad, ya que los individuos son ciudadanos en sus derechos políticos, pero no lo son en sus derechos civiles. Esto impediría hablar de Estados democráticos de derecho en la mayoría de los países de la región. Este conjunto de falencias indica un severo truncamiento del Estado en su dimensión legal, truncamiento que configura una situación que O´Donnell (2002) caracteriza como de“ilegalidad lisa y llana”.
    Por su parte, Carlos Nino, haciendo foco en Argentina, plantea que en este país existe una pronunciada tendencia a la ilegalidad y a la anomia que se manifiesta en diversos aspectos de la vida cotidiana. Nino denomina a esa tendencia “anomia boba”, caracterizándola como una inobservancia de normas “que implica situaciones sociales en la que todos resultan perjudicados por la ilegalidad en cuestión […] que no es el resultado de intereses o valoraciones que la ley no pudo satisfacer y que se busca satisfacer al margen de ella. […] alude a la inobservancia de normas que produce una cierta disfuncionalidad en la sociedad de acuerdo con ciertos objetivos, intereses o preferencias”. Dicha disfuncionalidad se relaciona básicamente con la eficiencia. Así, en la definición de Nino la acción colectiva contiene anomia boba cuando “la acción colectiva en cuestión se caracteriza por la inobservancia de normas y hay al menos una cierta norma que conduciría a una acción colectiva más eficiente en la misma situación”(Nino, 2005: 34).
    Plantea el autor que la anomia boba de la sociedad argentina, en definitiva, constituye una deficiencia de la materialización de la democracia e implica la existencia de bolsones de autoritarismo y anarquía en un contexto formalmente democráticoEn sus palabras,“La anomia significa que cuestiones que afectan a los intereses de un conjunto de individuos son resueltas por decisiones aisladas de algunos de los individuos de ese conjunto, sin que se de el debido peso a la opinión de los estantes individuos afectados (...) La anomia es por tanto esencialmente antidemocráctica” (Nino, 2005: 252).
    En ese contexto es altamente probable que el diseño curricular, prescripto desde los organismos del gobierno educativo del Estado, juegue un papel poco relevante en la regulación del carácter público del contenido de enseñanza escolar. Es muy poco probable que la norma curricular sea considerada por los actores institucionales como una norma pública mediante la cual el Estado regula el contenido a enseñar en las escuelas. Primero porque el Estado ha disminuido su capacidad regulatoria y luego porque tanto las normas públicas como la ley misma son reiteradamente transgredidas en el contexto referido.
    También es poco probable que la normativa curricular sea percibida como instrumento garante del carácter público del contenido de enseñanza escolar. Primero porque en el contexto de inefectividad de la ley hay impunidad y poco pasa con quien no cumple la ley. La existencia de la ley no garantiza la actuación de acuerdo con la ley, menos aún en un contexto donde la ley se sanciona para ser transgredida. Pero también porque en un contexto de deterioro del espacio público, el carácter público mismo es algo que puede no ser considerado como un bien a resguardar, de donde la existencia de una norma orientada a tal fin resulta al menos innecesaria.
    Esto exige dejar planteadas algunas preguntas claves:
    • ¿Qué papel puede jugar la norma curricular prescripta desde un organismo de gobierno en un contexto donde el Estado está casi desaparecido?;

    • ¿Qué papel puede jugar la norma curricular prescripta en el marco de una cultura política en la que impera es la “inefectividad” de la ley?;

    • ¿En una cultura política en la que lo público aparece deteriorado y colonizado por lo privado?
    • b) Un discurso académico sobre el currículo que ha teorizado poco sobre el papel que éste desempeña en la regulación del carácter público del contenido de enseñanza escolar
      Los estudios curriculares se originaron en EEUU en el siglo XIX y tuvieron un gran impulso a inicios del siglo XX. Para Westbury (2002) el surgimiento de la enseñanza secundaria obligatoria (high school) fue el hecho que influyó de modo decisivo en el desarrollo de la teoría curricular en ese país. Otro autor, Tadeus da Silva (2001) también tomó a la extensión de la obligatoriedad escolar a la High School como uno de los factores de influencia.
      Todo parece indicar que con la masificación de la educación comenzó un proceso de producción de estudios curriculares que estuvo asociado a un proceso de elaboración currículos escolares, que operaron como normas públicas destinadas al gobierno y a la gestión de la educación escolar. Así la masificación de la educación produjo dos nuevas necesidades: a) la de elaborar currículos explícitos para las escuelas y los profesores que regularan el contenido de las prácticas de la enseñanza escolar y que expresaran acuerdos de orden nacional sobre los fines de la educación y; b) la de contar con más profesores preparados para llevar adelante la tarea de educar a más alumnos.
      En ese contexto los primeros estudios del currículo, Bobbit (1918) y Tyler (1947), se ocuparon de teorizar sobre los procesos de elaboración curricular desde una racionalidad técnica relacionada con los propósitos de predecir y de controlar los procesos sociales (Bolívar 2003).
      A medida que se masificaron los sistemas educativos también se ampliaron las expectativas educativas. Esta ampliación de expectativas estuvo asociada a tres factores: a) se comenzó a concebir a la educación como derecho social de todos los ciudadanos; b) se planteó la necesidad de atender a la diversidad social y cultural; y c) se planteó el desafío de garantizar el ejercicio del derecho a la educación a lo largo de toda la vida. Los tres factores enunciados profundizaron en cantidad y calidad las expectativas en torno a la educación. Y en este proceso también se fue ampliando el abanico de grupos sociales con derecho de influir en la regulación del contenido de enseñanza escolar en función de sus propios intereses.
      El proceso descrito se puso en evidencia tanto en la elaboración curricular como en los estudios curriculares que se fueron produciendo. En el plano de la producción curricular se produjeron cambios en los propósitos, los contenidos y los formatos curriculares. Esos cambios se inscribieron principalmente en las sucesivas reformas curriculares planteadas, tanto en EEUU como en otros países occidentales desde los años 60 a la fecha. En el plano de los estudios curriculares se produjo un movimiento simultáneo: se continuaron desarrollando estudios bajo la óptica de la racionalidad técnica –Bloom (1956) e Hilda Taba (1962)– que derivaron incluso hacia otros de índole tecnocrática; pero también surgieron nuevos enfoques que se diferenciaron de la línea inicial al orientar la investigación desde propósitos interpretativos o críticos del currículo.
      Probablemente, la necesidad de encontrar alguna unidad en la diversidad de enfoques incentivó a varios autores a elaborar, de acuerdo con diferentes criterios, agrupamientos de los estudios producidos. De modo tal que en la actualidad no solo contamos con diversos estudios del currículo sino con diversos modos de agruparlos. W. Pinar (1983) identificó tres enfoques en los estudios del currículo: los tradicionalistas, los empiristas conceptuales y los reconceptualistas. Estos últimos, según el citado autor, consideraron a la elaboración curricular como un acto político y propusieron diseñar currículos promotores de la emancipación de los seres humanos y de una participación activa y democrática en la sociedad.
      Cuadro 1: Agrupamiento de estudios curriculares según objeto estudio y propósito investigativo
      Objeto
      Propósito
      Contenido y formato curricularProceso de elaboración curricularFunción política y social del currículo
      NormativoDefinen una opción respecto de cuál debe ser el formato del currículo y el contenido a enseñar. (Bruner, 1963).Definen un opción respecto de cómo debe elaborarse un currículo, cuáles deben ser sus componentes. Es posible diferenciar dos tipos:
      a) Tecnológicas: (Bobbit y Tyler, 1973), (Doll, 1968), (Saylor y Alexander, 1966), (Bloom, 1971) y (Taba, 1974).
      b) Tecnocráticas:(Tanner y Tanner, 1980), (Gagné, 1965/1970) y sus seguidores.
      No se han hallado estudios normativos sobre la función política y social del currículo
      InterpretativoRealizan un estudio interpretativo del formato y del contenido sustantivo del currículo (Meyer, Benavot y Kamens, 1992).Se proponen describir y explicar los procesos reales de elaboración curricular
      Es posible diferenciar dos tipos:
      a) Deliberativas (Schwab, Reid).
      b) Prácticas (Stenhouse).
      No se han hallado estudios interpretativos sobre la función política y social del currículo.
      CríticoRealizan un estudio crítico del contenido y del formato del currículo.Realizan un estudio crítico del proceso de elaboración del currículo.Realizan un estudio crítico de la función social del currículo.
      La función del diseño curricular como norma pública casi no ha sido tomada en los estudios del currículo desde un enfoque afín a la teoría política o la filosofía política. Cuando luego de superar posturas tecnocráticas, el discurso académico se abocó a conceptualizar sobre la función política del currículo como norma pública, produjo teorías críticas que se centraron fundamentalmente en señalar la función de reproducción social de la selección del contenido de enseñanza escolar. Pues estos estudios se produjeron casi exclusivamente desde el marco teórico de la sociología crítica.
      Ahora bien, ¿cómo explicar este hecho?; ¿cómo explicar que sobre ese enfoque de estudio se plantearan proposiciones de índole crítica que aludieron fundamentalmente al papel de reproducción social de la norma pública? Es posible pensar que esta situación se relaciona con la concepción de Estado y de lo público que, de modo explícito o implícito, han sostenido los diferentes estudios sobre el currículo. Una serie de cuestiones permiten aproximar una explicación a este tema.
      En primer lugar la mayoría de los estudios curriculares que han dado origen a corrientes o enfoques de cierta consistencia interna se ha producido en el mundo anglosajón, más particularmente en EEUU e Inglaterra. En estas sociedades la lógica de lo “comunal” se impuso sobre la lógica de lo “estatal”. Como señala Popkewitz, el concepto de currículo surgió asociado a tradiciones degobierno angloamericano, en las que una “una burocracia central tradicionalmente débil interactúa con organizaciones civiles, departamentos escolares locales y grupos profesionales para producir la práctica pedagógica” (Popkewitz, 1998: 101).
      En esa raigambre societal comunal ciertamente las organizaciones civiles, los departamentos escolares locales y los grupos profesionales eran más fuertes que la burocracia central “tradicionalmente débil”. En estas sociedades parecería que el Estado ejerció un rol de instancia posibilitadora de la expresión de intereses “particulares” y no un rol ligado a la construcción de “lo público” como “aquello de interés común”. En ese marco societal se elaboró la mayoría de las teorías curriculares.
      Es probable que esas características de la relación entre lo público y lo estatal haya condicionado el poco espacio otorgado en los estudios curriculares anglosajones al papel de currículo como norma pública del Estado, destinada a garantizar el carácter público del contenido escolar. Si se hace un breve recorrido es posible advertir que:
      • En los enfoques tecnológicos y tecnocráticos la cuestión del currículo como norma pública está prácticamente ausente.

      • En los enfoques deliberativos y prácticos esa función aparece planteada como articulación de intereses particulares: la deliberación es la forma de expresión de dichos intereses. La concepción de Estado que fundamenta estas teorías es una concepción clásica liberal, o bien aparecen algunas posiciones vinculadas al comunitarismo.

      • En las teorías críticas del currículo la cuestión se plantea desde concepciones marxistas o neomarxistas de Estado que lo ubican en el lugar de instancia al servicio de los intereses de las clases dominantes. Expresiones tales como “el currículo dominante” o “currículo hegemónico” dan cuenta de ello. Influidos por la producción académica europea, la norma curricular pública emanada desde los organismos del gobierno del Estado, es vista como un instrumento al servicio de la reproducción de las desigualdades de clase, del interés de la clase dominante, de regulación social. La cita de Kemmis que sigue da cuenta de esta posición. “Así, la teoría técnica curricular presenta perspectivas sobre el desarrollo del currículum y sobre la mejora del mismo, dentro de la vasta estructura de la provisión educativa del Estado. La teoría práctica del currículum anima a los profesores a reorientar su trabajo en clase y en la escuela a la luz de sus propios valores y de la deliberación práctica, pero dice relativamente poco sobre la deliberación y la acción necesarias para tratar el amplio tema del papel del Estado en la elaboración de y en la constricción impuesta a las posibilidades de la educación contemporánea. La teoría crítica del currículum plantea este problema directamente, poniendo sobre el tapete tanto la cuestión general de la teoría tradicional de la educación (la relación entre la educación y la sociedad), como las cuestiones específicas acerca de cómo la escolarización sirve a los intereses del Estado, cómo la escolarización y el currículum actuales activan determinados valores educativos específicos (y no otros valores posibles), y cómo el Estado representa ciertos valores e intereses en la sociedad contemporánea (y no otros) […] mediante las que los profesores y otras personas relacionadas con la educación en escuelas e instituciones pueden comenzar a presentar visiones críticas de la educación que se opongan a los presupuestos y actividades educativas del Estado, no sólo en teoría (a través de ideas críticas), sino también en la práctica (mediante el establecimiento de formas de organización que procuren cambiar la educación: una política educativa práctica)”(Kemmis, 1988: 78-79).
      Es probable que las teorías críticas que se han sustentado en concepciones marxistas clásicas del Estado, no hayan contribuido construir una visión del currículo que resulta una alternativa a la visión de instrumento al servicio de la reproducción social. Estas teorías que expresan las posiciones más progresistas y menos conservadoras inducen a “desconfiar de una norma pública”, ya que plantean que esa norma expresa intereses de la clase dominante y se encuentra al servicio de la reproducción social.Sea cual sea la explicación, lo cierto es que no se cuenta con un cuerpo teórico sólido en el propio campo de los estudios curriculares que conceptualice el papel del diseño curricular en su estatus de norma pública, que expresa y regula el carácter también público del contenido de la educación escolar. Estas constituyen algunas de las cuestiones que merecen ser investigadas. Si la influencia del discurso académico no se ha dado es probable entonces que el diseño curricular sea considerado por los docentes una regulación sólo de índole “tecnocrática” o, en los casos críticos, una norma a “transgredir” o al menos a redefinir según intereses particulares no representados en la concepción hegemónica o dominante.
      Estas consideraciones dejan planteadas algunas preguntas claves:
      • ¿Cómo se ubican las instituciones y los docentes frente a este discurso académico?

      • ¿Han sido influidos por dicho discurso?

      • De ser así ¿qué corrientes han tenido mayor influencia en la representación que los docentes tienen del currículo?

      • Cierre
        Antonio Bolívar plantea que el pensamiento progresista en educación generalmente se ha opuesto a cualquier forma de control sobre las escuelas o profesores. Sin embargo, este autor nos dice: […] es difícil imaginar cómo garantizar el derecho de aprender de todos si no hay arbitrados dispositivos para garantizar que los centros den cuentas de la educación ofrecida” (Bolívar, 2001).
        Desde mi punto de vista la norma curricular, escrita y prescripta desde los organismos del gobierno educativo, constituye uno de los dispositivos clave para poder dar cuenta de la educación que se pretende brindar en la escuela, ya que posibilita “hacer públicos” los propósitos y contenidos de la educación escolar. Opino que este carácter público del contenido de educación escolar es un rasgo a cuidar pues el mismo se constituye como condición de acción política en el contexto de una sociedad que se pretenda democrática desde el punto de vista del régimen de gobierno.
        Si deseamos contribuir a la construcción de un Estado democrático de derecho, en el sentido en que lo hemos planteado en esta clase, es preciso que pensemos en el papel que la normativa curricular prescripta puede jugar en su condición de cuerpo legal del Estado. Pues, aunque en sentido estricto no se trata de una ley, el diseño curricular forma parte del Estado en su dimensión legal ya que se integra al cuerpo normativo que regula la relación fundamental de la educación escolar esto es la transmisión del saber. Constituye por tanto no sólo un instrumento valioso para poder ejercer el derecho a aprender, sino también un instrumento para construir consensos y un compromiso social compartido entre docentes, alumnos, padres y funcionarios políticos respecto de la educación escolar.

jueves, 27 de marzo de 2014

Educación y Sociología de Emile Durkheim (scanneado)

SOCIOLOGÍA DE LA EDUCACIÓN de Xavier Bonal (primera parte)


Sociología de la Educación de Xavier Bonal (primera parte)

PROFUNDIZANDO SOBRE CULTURA ESCOLAR

Culturas escolares: entre la regulación y el cambio
Diana Gonçalves Vidal*
Palabra-trampa, como diría Edgar Morin (2003, p. 75), o palabra-polisémica, como quería Peter
Burke (2000, pág. 13), la cultura ha invadido el campo de los estudios en Ciencias Humanas,
particularmente en las últimas décadas, propiciando una riqueza renovada en el análisis de la
relación de los sujetos sociales con su tiempo histórico. Simultáneamente, suscitó en los
investigadores la indagación acerca de los límites de la intangibilidad construida por una
categoría, a veces, demasiado fluida. Ora concebida en contraste la naturaleza o la civilización;
ora percibida como propia de la expresión humana (hecho intelectual, artístico o religioso); ora
tomada en la acepción amplia de modo de vida; ora, por fin, comprendida como sistema de
significaciones, la cultura adquiere, en la pluma de los sociólogos, antropólogos e historiadores,
convergencia solamente en la afirmación de su carácter dinámico, históricamente constituido y
constantemente objeto de disputa. Es justamente porque contiene tensión y conflicto que se
abre a la lectura de los cambios sociales. Al mismo tiempo es porque acoge la regulación que
permite el análisis de la homogenización, aún provisoria de la sociedad.
Si el uso de la categoría trae consigo el diálogo interdisciplinario, estimulando a historiadores,
antropólogos y educadores a leer de textos variados y establecer diálogos, aviva continuamente
la sensación de que, inmersos en un universo cultural, los investigadores son, ellos también,
objetos y sujetos de análisis. El procedimiento implica un alerta renovado sobre las prácticas
académicas de producción de conocimiento, en el sentido de lo que De Certeau (1982)
denominó operación historiográfica, Bordieu (1996) consideró como campo científico y sus
propiedades y Ricoeur (2000) enfatizó a través del neologismo de representancia.
Nacidos en parte como oposición a la interpretación estructuralista, los estudios culturales
fueron impulsados por el reconocimiento de la porción inconsciente y resistente de la acción
humana. Permitieron encontrar en los procesos de intercambio, medios de construcción de
identidad, diseñando la experiencia simbólica en tesitura a la experiencia con la materialidad. E
indujeron a conocer la vertiente cognitiva del proceso de consumo, comprendiendo las maneras
de organizar, clasificar, contar y administrar ejercidas en todos los niveles de la realidad
(Roche, 1988, pág.. 49).
La mirada antropológica permitió colocar la acción de los sujetos en el centro de la
problemática de investigación. En los términos de E.P. Thompson (1981, pág. 188), ella
emergió bajo la nomenclatura de “experiencia”, concepto por medio del que se tornaba posible
reexaminar costumbres, reglas visibles e invisibles de regulación social, formas simbólicas de
dominación y resistencia, leyes, instituciones, ideologías, entre otros, dentro de una perspectiva
marxista, con atención a la fracción, no siempre consciente, de la actuación de los sujetos.
Generada por la vida material y estructurada en términos de clase, la experiencia expresaba la
voluntad social.
En la lección de De Certeau (1994, pág. 93), esa acción tomó la designación de “artes de hacer
con” y “prácticas”. Traducía la negación del autor en percibir la cultura popular como ingenua,
espontánea e infantil, y al pueblo como pasivo y disciplinado. Las dos categorías, por ser
históricas, guardaban las marcas de la dominación de clase y vehiculaban preconceptos
* Profesora Doctora de Historia de la Educación en la Facultad de Educación de la Universidad de São Paulo
(Brasil), donde coordina el Núcleo Interdisciplinario de Estudios e Investigaciones en Historia de la Educación
(NIEPHE) (www.usp.br/niephe). Publicó, en 2005, el libro Culturas escolares (Campinas, Autores Asociados).
E-mail: dvidal@usp.br.
Traducción: Mariana Kopp
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etnocéntricos. Era necesario, por lo tanto, distinguir una sucesión de actos de resistencia y de
transformación que reinventaban los usos de los bienes culturales y constituían, como
repertorio, el léxico de las prácticas sociales.
La preocupación por la acción de los sujetos sociales, su experiencia o práctica, impactó de
forma contundente en las investigaciones del campo educativo. No solamente colocó a
profesores y alumnos en el centro del análisis sobre la escuela y la escolarización, si no que
amplió el abanico de los abordajes teniendo en consideración las selecciones, no siempre
conscientes, que realizaban. Pero principalmente, propició la revisión del binomio escuelacultura
sobre otro prisma que el de la transmisión cultural, acompañando los cambios
epistemológicos abiertos con los estudios culturales. Sobre esta nueva perspectiva analítica, la
escuela precisó ser invadida, escudriñada internamente sobre los procesos que construía,
interrogada en los modos en que traducía las demandas sociales en acciones escolares y en las
formas de organizar, clasificar, contabilizar y administrar su cotidianeidad.
La cultura dejó de ser un mero hecho externo a la institución, algo con lo cual lidiaba en el
desempeño de sus funciones sociales y pasó a ser un objeto interno, cuyo escrutinio permitía
comprender la escolarización como negociación posible entre los intereses de de los diferentes
grupos sociales, la lógica del funcionamiento institucional y lo pragmático de las acciones de los
sujetos educacionales. El surgimiento de la categoría “cultura escolar” ofreció visibilidad a estas
operaciones, por la sensibilización para el análisis del conjunto de normas y prácticas vigentes
en la institución, como propone Dominique Julia (2001); por la atención a la producción de
corporeidades, por medio de la frecuencia a espacios y tiempos escolares, como destaca
António Vinão Frago (1995); por el reconocimiento de la existencia de las culturas escolares,
denominadas como empírico-prácticas de los docentes, normativa de la administración y ciencia
de la universidad, como alerta Agustín Escolano Benito (2004); por la capacidad de la escuela
para producir una cultura especifica, singular y original como asevera André Chervel (1998); o,
aún, por la posibilidad de percibir que las culturas de diversos grupos sociales conviven en el
interior de la escuela, como recuerda Zeila Demartini (2004).
Las variadas formas de abordaje destacan las singularidades de la cultura escolar, incitando
análisis que tengan en consideración las experiencias de enseñanza y aprendizaje, de
convivencia y de socialización, de regulación y de subversión, de clasificación y jerarquización
allí ensayada. Incitan, también, a percibir los desdoblamientos sociales y políticos del progresivo
proceso de institucionalización de la escuela, ampliando el acceso y la permanencia a alumnos y
profesores en su interior. Suscitan, además, el reconocimiento de que a los diferentes niveles y
modalidades de enseñanza le corresponden culturas escolares diferentes, habiendo así una
cultura escolar primaria, secundaria, profesional, entre otras (Vidal, 2005).
La perspectiva nos lleva a considerar la escuela no solamente como puerto de llegada a las
innovaciones pedagógicas y las normas legales o reformas, ejerciendo solamente la función de
transmisión cultural, sino como lugar de constante negociación entre lo impuesto y lo
practicado, y a su vez, de creación de saberes y haceres que regresan a la sociedad, ya sea
como prácticas culturales o como problemas que exigen la regulación en el ámbito educativo.
En el primer caso, no se pueden disminuir los efectos imprevistos que la institución escolar
produce por su propia existencia sobre la sociedad y la cultura, como alerta Chervel (1998, pág.
181). En el segundo, no se pueden despreciar las relaciones entre política educacional y la
actuación de los sujetos escolares, sea porque “traducen” las desiciones políticas en las
acciones institucionales, sea porque estos sujetos “trasnforman” los problemas enfrentados por
la institución en cuestiones debatidas públicamente y sometidas al trabajo de elaboración
política, como resalta Chapoulie e Briand (1994, pág. 28).
En este sentido, el estudio de las culturas escolares se compromete a considerar las maneras
como los sujetos colocan en funcionamiento los dispositivos de la escuela y de la cultura, y
crean modos de estar en el mundo, de comprender la realidad y de establecer sentido,
constituidos social e históricamente. Incita, a su vez, a investigar las prácticas escolares.
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Las prácticas escolares como objeto de estudio
Como prácticas culturales, las prácticas escolares se producen como un acto, como una
operación. De esta premisa se desprenden dos tipos de problemas. El primero es que las
prácticas no siempre dejan registros. ¿Qué fuentes utilizar para hacer el estudio? El segundo
problema es que no se puede deducir las prácticas de las prescripciones. Hay siempre un
espacio de autonomía del sujeto. En los dos casos, insistir en la comprensión de la materialidad
escolar puede ofrecer ayuda al análisis.
Inicialmente es necesario considerar, como sostienen Guy Vincent, Bernard Lahire e Daniel Thin
(2001), que la aparición de la forma escolar moderna, situada en los siglos XVI y XVII, se dio
concomitantemente a la difusión de la economía escrituraria. Esta íntima y estricta relación
entre el universo de la escritura y de la escuela realza el lugar significativo que los objetos y
productos del escribir poseen en el conjunto de las prácticas escolares y administrativas. Y es
así que proliferan en el ámbito escolar los registros de una economía escrituraria. Son
resultados de las relaciones pedagógicas (el ejercicio y el diario de clase, por ejemplo); residuos
de acciones gestoras (las historias escolares y los procesos, entre otros); efectos de
construcción de saberes sobre el alumno, el profesor y el pedagogo (fichas antropométricas,
exámenes escritos) o, aún, derivaciones de acciones de sujetos de la escuela (el diario de los
alumnos y los boletines de los profesores). Tomados en su materialidad, esos objetos no
solamente favorecen la percepción de los contenidos enseñados, si no que sobre todo suscitan
el entendimiento del conjunto de quehaceres activados en el interior de la escuela, teniendo
siempre como precaución el alerta de De Certeau (1994) de que no se pueden distinguir los
usos de los objetos.
También constituyen significativos indicios de las prácticas escolares las dimensiones físicas de
los variados soportes de la escritura escolar, como las pizarras individuales, las tablas de arcilla,
los trabajos escolares, los cuadros, como la asociación del papel a otros materiales (tejidos,
plásticos, viruta de metal o de madera). Se destaca la remisión de varios objetos de escritura:
tiza, lápiz, crayones, lapiceras, lápiz de color, como el estudio sobre las diversas materialidades
que asumieron a lo largo de la historia de la escolarización. Adquieren realce los usos, los
modos como los sujetos lidiaron con los materiales que fueron distribuidos y o impuestos a
ellos, perceptibles en los vestigios del tiempo. En tanto, la materialidad de la escuela no se
resume a los objetos y soportes de la escritura. Los espacios y los tiempos escolares, así como
la “memorabilia” que constituye el universo de la escuela, como pupitres, muebles, bancos,
relojes, entre otros, son elementos importantes para el entendimiento de las prácticas
escolares.
Las prácticas se producen en las relaciones que los sujetos establecen con el mundo en su
materialidad y se relevan en los usos dados al conjunto de objetos culturales con los cuales
conviven en las diferentes situaciones de poder. Su estudio requiere, por un lado, tener en
consideración las especificidades históricas de las reglas de utilización, dejando de lado
anacronismos inducidos por la apropiación contemporánea de espacios, tiempos y objetos
escolares antiguos. Por otro lado, incita a distinguir las prescripciones de los usos teniendo en
cuenta que si estas diseñan los contornos de los posibles, iniciando algunos de los repertorios
disponibles al sujeto, no inhiben que otros repertorios sean activados, construyendo actos no
previstos. Cuando es observada en su regularidad, la materialidad de la escuela traza las
marcas de la modelación de las prácticas escolares. Pero, cuando es percibida en su diferencia,
revela índices de las subversiones cotidianas al arsenal prescriptivo, posibilitando localizar trazos
tanto de cómo los usarios operan inventivamente con la profusión material de la escuela cuanto
de las mudanzas o cambios, a veces imperceptibles, que hicieran en las prácticas escolares.
Percibir las prácticas a partir de los procesos de hibridación cultural que propician, parece
también ofrecer oportunidades al análisis. Como afirma Nestor Canclini (2003), las prácticas
culturales no son jamás puras, si no que son siempre frutos de mestizajes, constituidas como
medios por el cual los sujetos se sitúan frente a la heterogeneidad de bienes y mensajes que
disponen en los circuitos culturales y como forma de afirmación de sus identidades sociales
(aún quizá provisorias). Para él, es en el interior de los ciclos de hibridación que se genera el
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pasaje de una cultura a otra o, como el llama, de una práctica discreta (práctica cultural no
hegemónica) a una práctica hibrida (práctica cultural hegemónica).
La perspectiva puede ser provechosa inicialmente porque permite resaltar la productividad y el
carácter innovador de las mezclas culturales, destacando que la hibridación surge de la
creatividad individual y colectiva en la reconversión de un patrimonio cultural. El procedimiento
confiere positividad a las maneras cómo los sujetos escolares se apropian, por ejemplo, de las
reformas educativas, moviendo el análisis de la crítica al carácter “incompleto” o
“contradictorio” de estas apropiaciones para la comprensión de las razones, o como diría
Bourdieu (1996) de la “razonabilidad”, que las propician. También, por que invitan a observar
las diversas culturas que conviven en el interior de la escuela, como las culturas familiares,
infantiles, docentes, administrativas, percibiéndolas no como aisladas o puras, sino como
mestizas: al mismo tiempo, reconociendo la escuela como un lugar de frontera cultural, de zona
de contacto, y a la cultura escolar como una cultura híbrida. En tercer lugar, porque propicia
interrogar los modos en como los sujetos escolares producen los mestizajes en la activación de
una práctica docente. En los casos de los profesores, por ejemplo, conduce no solamente el
cuestionamiento sobre cómo los docentes se apropian de modelos culturales que circulan en las
escuelas de formación, en las asociaciones, en el cuerpo de la legislación, en la experiencia del
magisterio, en su propia frecuencia como alumnos de escuela primaria, en los cambios
familiares, entre otras; pero también preguntarse cómo esas prácticas discretas se combinan
con otras prácticas discretas componiendo nuevas prácticas culturales en el interior de ciclos de
hibridación continuamente reinventados en la producción de la experiencia docente.
Con la intención de identificar cómo estas cuestiones pueden ser operadas en el estudio
histórico de la educación brasilera, propongo que nos dediquemos sobre la cuestión de los
métodos de enseñanza en la primera mitad del siglo XIX. La propuesta apunta al momento
inicial de conformación del sistema público de enseñaza en el Brasil Independiente, dedicando
especial atención a los procesos desarrollados en la Provincia de San Paulo. Para desarrollarlo
voy a recorrer dos caminos. Primeramente pretendo diseñar el campo de las estrategias o de
las prescripciones de las prácticas. Tomaré como fuentes la legislación y los informes de los
presidentes de la Provincia y de los inspectores. Luego, pretendo comprender cómo algunas
prácticas fueron constituidas. Para eso, utilizaré informes de inspectores y de maestros y Mapas
de asistencia de alumnos elaborados por los docentes. Analizaré específicamente el caso del
maestro Antonio Augusto d’Araújo.
La propuesta busca comprender las diferentes acepciones que la expresión “método” tomó en
el transcurso del siglo XIX en Brasil, como indicio de los problemas que la escuela tuvo que
enfrentar en su constitución como institución social. El procedimiento pretende destacar los
obstáculos y las soluciones propuestas para permitir el funcionamiento institucional. Desea,
también, poner en evidencia las constantes negociaciones realizadas entre la escuela y otras
instancias de la sociedad. Y de esta forma, diseñar los contornos de la cultura escolar primaria
en el período. Ambiciona finalmente, vislumbrar cómo los sujetos escolares, en este caso, los
maestros hicieron uso del arsenal de prescripciones del que disponían y de su propia
experiencia, de lo que comúnmente se denomina “con buen tino” en la creación de las prácticas
escolares.
Los métodos de enseñanza en la primer mitad del siglo en San Paulo
Es necesario prestar atención al hecho de que si la expresión “método” se mantuvo como válida
durante todo el mil ochocientos (hasta hoy en día), galvanizando los esfuerzos de los sujetos de
la educación en la organización de los quehaceres escolares, sus significados fueron cambiando
por el movimiento de reinvención por el que pasó la escuela pública brasilera. Cuatro
acepciones de método concurren en el período, señalando las tensiones sufridas por la
institución en el proceso de escolarización de la sociedad y de la cultura. Se configuraron como
estrategias para la superación de obstáculos o se constituirían como resistencias de los sujetos
escolares a las imposiciones de poder en sus deberes cotidianos.
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Cuando se observan los informes de los maestros e inspectores, los manuales pedagógicos y la
legislación, se percibe que el método puede referirse a la “forma” de agrupamiento de los
alumnos en el aula, al “criterio” de organización de los contenidos a ser explorados, al “modo”
de transmisión de conocimiento o al “sistema” de progreso de los alumnos en el aprendizaje de
los saberes escolares. Las cuatro acepciones se conjugan en la implementación del quehacer
del aula. Lidiando con los alumnos en diferentes niveles de aprendizaje para los diversos
contenidos en un mismo grupo, los profesores eran instados a encontrar formulas de
organización del espacio físico que les permitiesen identificar los saberes a enseñar para cada
grupo de estudiantes; a constituir un orden de los contenidos a enseñar; a definir las
actividades a ser realizadas y a establecer los parámetros de validación.
La preocupación era consecuencia del ejercicio práctico de la docencia, pero se inscribía
también en la norma legal. La primera ley educativa del Brasil Independiente, promulgada en
1827, indicaba como obligatorio el uso del método mutuo, también denominado Lancaster. Las
leyes provinciales procuraban estimular el empleo del mismo método. En San Paulo, la Ley Nº.
16 del año 1838 concedía una gratificación al profesor de enseñanza mutua de la Parroquia da
Sé, firmaba el compromiso del Estado en proveer el predio adecuado para la instalación de la
escuela y contratar un auxiliar para la asistencia del docente en la implementación del sistema
Lancaster.
El empleo del método mutuo en las escuelas oficiales apuntaba a la racionalización de los
recursos concedidos a la educación elemental. Había sido atractiva para el Estado la propuesta
de escolarizar el mayor número de chicos con el menor continente de profesores, propuesta
propagada por los creadores del método. Inspirado en la seriación de la actividad productiva,
introducida por la revolución industrial, la enseñanza mutua pretendía satisfacer la aspiración
educacional de expandir la educación popular con optimización del consumo de los recursos.
Distribuidos en grupos (clases) de acuerdo con el nivel de aprendizaje de cada contenido, los
alumnos debían ser instruidos por maestros con la ayuda de auxiliares. La combinación entre
graduación de enseñanza y ayuda de los auxiliares era lo que hacía a la enseñanza eficiente. De
acuerdo con los educadores del período, por el método de enseñanza mutua un único profesor
era capaz de instruir hasta mil alumnos y el tiempo necesario de alfabetización se reducía de
cinco años (método individual) a un año y medio (Hilsdorf, 1999, pág. 198).
¿Pero cuál ha sido, de hecho, el alcance del método de enseñanza mutua en la Provincia de San
Paulo? ¿Cuántas escuelas existían allí? ¿Cuántos alumnos asistían a las mismas?
En el censo hecho por D. P. Muller, en 1836, entre las treinta y cuatro escuelas para niños de
primeras letras existentes, solamente dos fueron reportadas como de enseñanza mutua (Apud
Hilsdorf, 1999, pág. 213). En los Mapas demostrativos de las escuelas de Primeras letras en la
provincia de Provincia de San Paulo, anexados a los informes de los presidentes de la provincia,
los números eran también poco expresivos: En 1841, solamente se mencionaban cinco
escuelas. En 1842, entre las sesenta y cinco cátedras ofrecidas, solamente seis fueron
registradas como de enseñanza mutua. Al año siguiente de las cincuenta cátedras ofrecidas,
solamente tres fueron consideradas de enseñanza mutua. Al año siguiente, apenas tres fueron
consideradas de enseñanza mutua. En 1845, se redujeron a dos cátedras. Luego, la información
dejo figurar en los Mapas.
En cuanto al número de alumnos, los registros de los Mapas señalan que, en 1841 había 427
alumnos en escuelas de enseñanza mutua, en un total de 2.375 inscriptos en educación
elemental. En 1842 había 358 ante un total de 2.912; en 1843, 129 ante 2.668. Pero es
necesario sospechar de estas estadísticas, en 1853 Idefonso Xavier Ferreira, inspector de
enseñanza de la Capital, en un informe tomado para el Inspector General de Instrucción
Pública de la Provincia, Diogo de Mendoça Pinto, comentaba acerca de la frecuencia de la
escuela de enseñanza mutua del profesor Antonio Augusto d’Araújo: “contiene según el Mapa
del profesor 78 alumnos. Pero en la inspección que he realizado encontré solamente 20
alumnos. ¿Es posible que faltaran ese día 58 alumnos?”
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La ausencia de información sobre la existencia de escuelas de enseñanza mutua en los Mapas a
partir del año 1846 coincide con la publicación de la Ley N. 310, que regulaba la instrucción
primaria en la Provincia de San Pablo y creaba la Escuela Normal. No solamente no se
mencionaba más el método Lancasteriano en el cuerpo de la Ley sino que constaba la
orientación para el estudio de los “diversos métodos y procesos de enseñanza, su aplicación y
ventajas comparativas” en la formación para el magisterio.
A pesar del silencio sobre la enseñanza mutua en la legislación, en los informes de los
Presidentes de la Provincia de las décadas siguientes continuaban presentes remisiones sobre la
enseñanza del método. Tomemos solamente el caso del profesor de la escuela localizada en el
barrio Sé, Antonio Augusto d’Araújo. En diciembre de 1853, el ya mencionado inspector de
enseñanza de la Capital Ildefonso Xavier Ferreira afirmaba que el profesor seguía el “el método
de enseñanza mutua con imperfección”.
La docencia como una práctica híbrida
¿Qué pretendía el inspector decir con esta afirmación? Es posible entrever en la discusión sobre
el “perfecto” uso del método las luchas de representación acerca de que es lo que debería ser
enseñanza mutua. El adjetivo revela interpretaciones dispares constituidas por los sujetos
escolares, en la relaciones de saber y de poder en que estaban sometidos. Lo que en la óptica
del inspector podría evidenciarse como imperfecto, en la visión del profesor podría surgir como
resultado positivo de su experiencia en el magisterio.
Para evaluar esto seria interesante prestar atención a los materiales utilizados por Antonio
d’Araújo en su clase. En el informe fechado en el año 1852, el profesor afirmaba que su escuela
contaba con los siguientes muebles y útiles: una mesa con cajones para el docente, tres sillas
de paja trenzada, cuatro bancos para el asiento de dos niños, un banco con seis frascos para
tinta, cinco catecismos de doctrina cristiana por Montpellier, diez lapiceras de lata para los
lápices de piedra, once pizarras individuales, un marco de lápiz, cuatro reglas de madera negra,
una campana, cinco libros de lectura, tres libros de calculo, un tintero y un arenero.
Aún considerando que el profesor tuviese solamente 20 alumnos, como constató el inspector
Ildefonso Ferreira en su visita a la escuela en 1853, y no 78 como informaba el maestro en su
informe, es posible percibir que la clase no poseía los materiales suficientes para la instrucción.
Las clases de lectura debían congregar apenas cinco alumnos cada una, debido a que este era
el número de ejemplares de libros y de catecismos disponibles. Las clases de escritura no
podían contar con más de diez alumnos ya que la escuela solamente contaba con once pizarras
y diez lapiceras de lata. La presencia de solamente un tintero reducía aún más el número de
alumnos para las clases iniciales y finales de escritura. Es necesario recordar que la escritura se
realizaba inicialmente en cajas de arena, utilizando el dedo como instrumento. Luego se pasaba
a la pizarra donde se escribía con lápiz de piedra. Por último, se aprendía a usar la tinta y el
papel.
El restringido mobiliario muestra la distribución de los alumnos en el aula. Posiblemente el
profesor trabajara con cuatro grupos, uno en cada banco utilizado como asiento por los
alumnos. Tal vez, los veinte alumnos formasen cuatro grupos de cinco, lo que permitiría que en
cuanto un grupo leía los ejemplares de lectura el otro aprendía el catecismo. Un tercer grupo
estaría realizando tareas de escritura con lápiz de piedra y el cuarto escribía con tinta.
En este contexto, era muy difícil que el profesor respetase las tablas mandadas a publicar en
1833 en Río de Janeiro por el Gobierno Imperial, que pretendían regular la enseñanza del
método mutuo. Solamente para tener una idea, la tabla que hacía referencia a la lectura,
discriminaba dieciséis clases o grupos, que iban desde el reconocimiento del alfabeto, sílabas y
palabras hasta la lectura de la Doctrina Cristiana, la Historia de Brasil, de las “Artes de la
Civilización” y Geografía, indicando una práctica en la cual se confundían el aprendizaje de la
lengua con la instrumentación para el acceso a otros saberes escolares.
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En los informes del profesor Araújo sobre el nivel de avance de los alumnos, percibimos que la
graduación de enseñanza de la lectura pasaba de las letras a las sílabas de dos a tres letras, a
palabras y al análisis gramatical. El aprendizaje de la Doctrina de Cristo no surgía como un nivel
de lectura si no como un estudio paralelo, indicando que los alumnos memorizaban el
catecismo en vez de leerlo. Es necesario recordar que, de acuerdo con la Ley de 1846, los
profesores oriundos de San Pablo, debían enseñar lectura, escritura, principios de la moral
cristiana y de la doctrina de la religión del Estado, teoría y práctica de la aritmética hasta
proporciones y nociones más generales de geometría práctica y gramática de la lengua
nacional.
Para comprender las prácticas instaladas en la escuela elemental del Ochocientos en San Pablo,
es también interesante considerar que para la organización de la clase otros dos métodos
concurrían con la enseñanza mutua: el individual y el simultáneo. En el primero, cada alumno
seguía un recorrido propio de aprendizaje establecido por el maestro. En el segundo, residuo de
las escuelas francesas de Jean Baptiste de La Salle, que surgieron en el siglo XVIII, el profesor
dirigía grupos de alumnos con mismo nivel de conocimientos con ayuda de auxiliares.
Asociando los métodos individual, mutuo y simultáneo, o apenas con dos de estos tres
métodos, varios docentes en el ochocientos brasilero inventaron un cuarto método: la
enseñanza mixta. Este método reunía las ventajas de la graduación de los contenidos y de la
organización de los alumnos en clases, características de la enseñanza mutua y simultánea,
siendo empleadas de acuerdo a las necesidades de funcionamiento de la clase y a la
experiencia del docente. ¿Sería esta la interpretación que podemos darle al termino
“imperfección”?
Más allá de “forma” de agrupamiento de los alumnos en el aula, individualmente o en clases; de
“modo” de transmisión de conocimientos, por la relación entre maestro y alumnos o por la
relación alumno-maestro-monitor, y de “criterio” de organización de contenidos a ser
enseñados, estableciendo su graduación; el “método” en la primer mitad del ochocientos
brasilero traía consigo el significado de “sistema” de progreso de los alumnos en el aprendizaje
de los saberes escolares. A la graduación de los saberes en clase los maestros, asociaban un
sistema de referencia que buscaba evaluar la calidad de lo aprendido. Por ejemplo, en lo que se
refiere al aprendizaje de la lectura, los alumnos podían leer “poco”, “satisfactorio”, “casi nada” o
“mejor”.
Las razones para el desencanto con el método mutuo en San Pablo en los años 1840
expresaban las condiciones materiales del sistema educativo, como la inexistencia de espacios
adecuados para la instalación de clases y la falta de materiales escolares, hechos denunciados
por los docentes. En el discurso oficial, se hacía referencia al bajo número de alumnos y la
escasa formación de los maestros para ejercer la enseñanza de este método. Sin embargo,
debemos sospechar de esto último. Maria Lúcia Hilsdorf (1999, pp. 209-210), al analizar los
constantes pedidos de materiales hechos por los docentes a los presidentes de las provincias,
afirma que las solicitudes no eran “formulas convencionales” y mostraban que los docentes
“conocían cómo funcionaba el método y qué hacer para aplicarlo”. La percepción era
evidenciada por el hecho de que los profesores recorrían a los depósitos públicos de materiales
buscando complementar el material enviado, incluso teniendo algunos docentes la iniciativa,
como João Francisco dos Santos, de comprar ellos mismos el material necesario para el buen
funcionamiento de las clases.
Más allá de esto, hay que considerar algunas razones más que ponen en juicio el
funcionamiento del método. Nuevamente es necesario reconocer la razón de Maria Lucia
Hilsdorf (2001, pág. 75), cuando afirma que:
”La escuela de enseñanza mutua no era aún una verdadera escuela. No era obligatoria,
no estaba separada del mundo, aún con su rígida y particular división del tiempo-espacio,
permitía y solicitaba a los profesores y a los alumnos, más allá de su saber pedagógico,
iniciativas personales y el “saber hacer”, prácticas de educación y de enseñanza e
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intercambio de relaciones cara a cara mucho más próximas al padrón oral de la sociedad
de San Pablo”.
No solamente la escuela funcionaba en la casa del profesor, entrelazando la esfera de lo público
y lo privado. Funcionaba en una sociedad esclavista, con altísimos niveles de analfabetismo, en
que el acceso a la escolarización elemental se hacía por pequeñas fracciones de camadas
populares y, en general, por individuos libres (más allá de que se localizaron consultas sobre la
posibilidad de matricular negros liberados y que se encontró el registro de un esclavo
matriculado en 1841 en una escuela pública).
Comentarios finales
En la concurrencia de representaciones de método en la primera mitad del siglo XIX, pueden
ser percibidas significativas alteraciones en la cultura escolar primaria brasilera.
La primera, de carácter social, implicó la valorización de un nuevo sujeto social: el profesor
público. A pesar de que la categoría fuera creada por las reformas Pombalinas* en 1759, el
debate en torno a los métodos, el hecho de que su conocimiento se tornara en condición de
contratación docente o de promoción de la carrera, y la creación de la Escuela Normal
concurrieron para darle especificidad a la tarea docente.
El segundo cambio, de orden cultural, se estructuró en la relación entre cultura escrita y cultura
oral, afirmando el prestigio de la escrita, a partir de la paulatina escolarización de la sociedad.
Esto actuó en el sentido de distanciar progresivamente el espacio domestico del espacio
público, a pesar de que esta división no sea observable en el período histórico señalado. Los
ciclos de hibridaciones ejercidas por los sujetos escolares actuaron en la dirección de que las
prácticas discretas de escolarización alcanzasen representaciones de prácticas hegemónicas,
ayudando a la consolidación de la representación de singularidad del espacio escolar y del
ejercicio docente.
La tercer alteración de la cultura escolar, totalmente inusitada y de carácter meramente escolar
y operativo, incitó a la creación del método mixto, reuniendo las ventajas del método individual,
mutuo y simultáneo y traduciendo los modos en como los profesores lidiaban con el arsenal
estratégico del poder, constituyendo tácticas de subversión enraizadas en la práctica docente.
Al sensibilizarse por las prácticas constituidas por los sujetos escolares en sus relaciones con la
materialidad de la escuela, este artículo pretendió percibir los modos como la cultura escolar
primaria se fue produciendo en San Pablo en la primera mitad del siglo XIX. Por lo tanto,
insistió en la comprensión del funcionamiento interno de la escuela. Al mismo tiempo, se
interrogó acerca de las demandas oficiales a ella impuestas y de los saberes sociales que
circulaban en el período. El propósito fue identificar los mecanismos de regulación y de cambio
diseñados en el interior de la escuela y las formas en como ella se exteriorizaba en lo social.
*N de T: Relativo al Marques de Pombal (Sebastião José de Carvalho e Melo) 1699-1782. Fue el Primer Ministro
del rey José I (1750-1777), y se lo considera una de las figuras más controvertidas y carismáticas de la Historia
Portuguesa. Representante del despotismo ilustrado en Portugal en el siglo XVIII., vivió en un período marcado
por el Iluminismo y desempeñó un papel fundamental en el acercamiento de Portugal a la realidad económica y
social de los países del Norte de Europa.
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Culturas escolares: entre la regulación y el cambio
Diana Gonçalves Vidal∗
Resumen:
El siguiente artículo pretende pensar la categoría de cultura escolar como herramienta de
análisis sobre la cultura escolar y sus prácticas. Inicialmente, aborda la relación históricamente
constituida entre cultura y escuela. Luego, interroga acerca de las prácticas escolares como
objeto de investigación en educación. En los dos ítems siguientes explora, en carácter
historiográfico, el funcionamiento de la escuela elemental en San Pablo. La propuesta busca
comprender las diferentes acepciones que la expresión “método” tomó en el transcurrir del siglo
XIX en Brasil, como indicios de los problemas que la escuela tuvo que afrontar en su
constitución como institución social. El procedimiento utilizado desea colocar en evidencia las
constantes negociaciones realizadas entre la escuela y otras instancias de la sociedad. Y, de
esta forma, diseñar los contornos de la cultura escolar primaria en ese período.
El artículo ambiciona vislumbrar cómo los sujetos escolares, en este caso los profesores,
hicieron uso del arsenal prescriptivo proveniente de su propia experiencia, o de lo que
comúnmente se considera “con buen tino” en la creación de las prácticas escolares.
Palabras-clave:
Cultura escolar, práctica escolar, historia de la educación, San Paulo (Brasil), siglo XIX, método
mutuo.
Abstract:
The following article pretends to think the category of “school culture” as a analysis tool about
the itself and the practises. First of all, approach the historical relationship between culture and
school. Then, ask about the school practises as an object in the educational research. In the
next two items explores in, a historiographic character, the function of the elementary school in
San Pablo. The propose of this article is to understand the different meanings that “method”
expression has taken in the XIX century in Brazil, as some clues of the problems that the school
had to face in it’s construction as a social institution. The procedure use tries to make more
visible the constant negotiations made between the school and other spheres of the society.
And, with this, design the characteristics of the elementary education in that period of time.
This article also tries to see how the scholar subjects, in this case the teachers, have used the
prescriptive arsenal of their own experience, or of what is consider “good sense” in the creation
of scholar practises.
Key-words:
School culture, school practice, history of education, São Paulo (Brazil), XIXth century, mutual
method.
Resumo:
O artigo pretende discorrer sobre a categoria cultura escolar como ferramenta de análise sobre
a escola e suas práticas. Inicialmente, aborda a relação historicamente constituída entre escola
e cultura. A seguir se interroga sobre as práticas escolares como objeto de pesquisa em
educação. Nos dois itens seguintes, explora, em um estudo de caráter historiográfico, o
funcionamento da escola elementar em São Paulo. A proposta visa compreender as diferentes
acepções que a expressão método tomou no decorrer do século XIX no Brasil como indício dos
problemas que a escola teve que enfrentar na sua constituição como instituição social. O